16 de julio de 2007

Leyes especiales, regreso a casa y columna

Parece que lo de la ley antiterrorista y su aplicación por tribunales especiales es una preocupación de diversos sectores sociales y políticos, y con razón: estamos ante cosas que podrían redefinir el curso del país en los años siguientes, y replantear también lo que hay de válido en los Acuerdos de Paz y en los mecanismos de lucha política de ahora en adelante.
El tratamiento que se está dando a lo de Suchitoto y los vendedores ambulantes del centro de San Salvador parece a todas luces desmedido, pero corre el riesgo de convertirse en una constante y en un modo de combate ya no a la delincuencia, sino también un arma de lucha política contra la izquierda y las organizaciones sociales en el demasiado largo camino a las elecciones de 2009. Lo que se puede vulnerar --y es allí donde la izquierda institucionalizada debe pomerse sensata o caer en lo de siempre, o sea una agresiva inmovilidad-- son derechos básicos, como de organización, manifestación y disidencia. No siempre han sido bien usados, porque eso también se aprende --es absurdo no reconocer los actos de violencia en los casos citados, y no sólo de la PNC--, y quizá por allí debería comenzarse: definir cuáles serán los mecanismos de enfrentamiento político entre fuerzas polarizadas.
Ricardo Ribera, en El Faro, hace un análisis interesante del tema, que vale la pena de leerse. En Centroamérica 21 se trata también el asunto desde diversos puntos de vista, a veces contrapuestos, como el de Berne Ayaláh, el de la nota editorial y, precisamente, mi columna. No son necesariamente puntos de vista complementarios o compatibles, y allí está quizá su encanto: puntos de vista bien diferentes que se plantean en el mismo espacio, sin desautorización ni descalificaciín mutuas. Por algo se empieza.
De Ca21 me llama la atención la entrevista con la ex comandante Ana Guadalupe Martínez, ahora segunda del Partido Demócata Crisiano. En la entrevista dice que, para ella, entrar en el PDC fue como regresar a casa, y hasta hace una pequeña apología de José Napoleón Duarte como buscador de la democracia.
Que yo sepa, el ERP, y con él Martínez, durante la guerra combatieron al PDC, y muchos de los alcaldes asesinados durante la guerra pertenecían a esa agrupación. No entiendo eso. No puedo, y si pudiera no querría. Creo que de por medio hay mucho más que una hija pródiga; en la misma entrevista se dan pistas.
Otra nota que me llama la atención es la entrevista de Geovani Galeas y Teresa Andrade con el jefe de investigación del caso Belloso, que puede hallarse aquí. Bien leído --y parece que habrá otra entrega en el número siguiente--, se puede enterar uno de los aspectos técnicos de una investigación policial, donde lo político es secundario. Esto es: cómo funciona el trabajo de base, con la aburrida y necesaria recopilación de pruebas en la escena, su procesamiento y el seguiminto del sospechoso. Es obvio por lo que se dice que a Belloso pudo capturársele en cualquier momento. Pero obviamente no se trataba de eso, sino de darle seguimiento, ver qué hacía, con quién se reunía... Un trabajo policial como debería ser.
Va pues la columna:

Leyes de excepción
Rafael Menjívar Ochoa

La emisión de la ley antiterrorista tras el asesinato de dos policías, el 5 de julio del año pasado, fue una medida que anímicamente pudo parecer lógica a algunos, y correcta a otros, pero sus proyecciones políticas son difíciles de prever, se vea hacia el lado que se vea. La aplicación de tal ley a través de tribunales especiales destinados a combatir el crimen organizado parece un error aún más grave, un mal precedente para la aún frágil democracia salvadoreña y la repetición de cosas por las que ya pasamos alguna vez.
La vinculación automática que está haciéndose de los términos “crimen” y “organización” es el punto más delicado, al menos en los tribunales que la manejan, pero comienza con una interpretación demasiado libre del término “terrorismo”.
“Terrorismo” se vincula, en general, a hechos de carácter político, perpetrados por organizaciones que desconocen la autoridad de un gobierno establecido y la legalidad que lo sustenta, a hechos de una violencia desmedida y por principio indiscriminada, y a gente desvinculada de la población. La propia población es un objetivo al que puede o debe atacarse, por considerársela cómplice del sistema.
Los hechos del 5 de julio de 2006 pudieron tomarse de dos maneras: como actos terroristas –ocurridos en medio de una manifestación con objetivos por completo lícitos, hay que anotarlo– o como actos delincuenciales que merecían un tratamiento netamente policial. El estatuto antiterrorista se decretó para “lo que siguiera después”: si se respeta la no retroactividad de la ley, Mario Belloso sólo podrá ser juzgado por las leyes en vigencia en el momento de los asesinatos.
La emisión de la ley significó que se daba por hecho la existencia de grupos políticos organizados cuyo fin principal era socavar al gobierno, al estado y al sistema a través del terror y la violencia. Se descubra lo que se descubra a medida que se desarrolle el caso Belloso, no hay evidencias aún de agrupaciones armadas que no puedan controlarse mediante las leyes existentes y medidas policiales estándar.
Lo desconcertante es que se está interpretando como “terroristas” los ataques en el centro de San Salvador de vendedores ambulantes a policías, así como los disturbios en Suchitoto durante una manifestación de la izquierda y organizaciones civiles. El motivo que se da para que procedan los juicios peca de simple: los manifestantes y los vendedores estaban organizados y cometieron “crímenes” (varios no merecerían más que medidas administrativas), por lo tanto se está ante organizaciones que cometen crímenes, y por lo tanto ante hechos de crimen organizado.
Aún es temprano para saber cómo se desarrollarán esa ley y sus tribunales; es probable que alguien, en algún lado, vea la diferencia entre una señora enojada con un palo, un hombre que conduce un coche bomba y un marero con una docena de asesinatos a la espalda. Lo que puede verse, por ahora, es que trata de frenarse la organización social –política, sindical, sectorial– que, eventualmente, pudiera enfrentarse con la autoridad, y de algún modo caer en actos de violencia. No se defiende aquí la violencia; se asienta que ésta ocurre bajo ciertas circunstancias, y hay maneras institucionales “normales” de evitarla o tratarla.
Porque una de las características de democracia es su perpetua inestabilidad. El movimiento, el cambio, la contradicción, son condición esencial en una sociedad abierta, y son el precio de las libertades que se persiguen como ideales. No es coartando la organización social o política, o sancionándola desmesuradamente cuando algo se sale del carril, como puede construirse algo mejor.
Como sea, las “leyes especiales” nunca han sido preludio de nada bueno en El Salvador. Los dos casos más patentes fueron la Ley de Defensa del Orden Constitucional, de Óscar Osorio, destinada a “proteger” la Carta Magna de 1950, y la Ley de Defensa y Garantía del Orden Público, de Carlos Humberto Romero, que sirvió como preludio al golpe de estado de octubre de 1979 y a la guerra. Ambas mantenían un perpetuo estado de excepción y una suspensión de garantías básicas, y más temprano que tarde estallaron en la cara de sus forjadores.
La situación actual es harto diferente, pero las consecuencias siempre son incalculables a mediano y largo plazo cuando se hace algo tan serio –modificar el sistema de leyes– para resolver problemas que no dejan de ser coyunturales.

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Pido disculpas de amtemano por los posibles rivotrilazos. Estoy escribiendo un poco entre brumas. Epero que no afecte demasiado.
Me voy a seguir dirmiendo. (Durmiendo, pues. Ya corregí los errores, que fueron menos de los esperados.)

1 comentario:

Anónimo dijo...

"es probable que alguien, en algún lado, vea la diferencia entre una señora enojada con un palo, un hombre que conduce un coche bomba y un marero con una docena de asesinatos a la espalda"

Yo lo veo, todos los dias.